Jubilaciones en la Caja de Kinesiólogos: tipos, requisitos y beneficios

Jubilaciones en la Caja de Kinesiólogos: tipos, requisitos y beneficios

La jubilación es un derecho que se alcanza después de cumplir ciertos requisitos de edad y años de aportes. Dependiendo de la situación de cada profesional, estos beneficios pueden gestionarse a través de la Caja de Seguridad Social para Profesionales de la Kinesiología de la Provincia de Buenos Aires (CSSPKPBA), de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) u otras Cajas Profesionales.

Es importante remarcar que los sistemas son complementarios e independientes entre sí. El aporte a la Caja de Kinesiólogos es obligatorio, y si un profesional también realizó contribuciones en ANSES, IPS u otras Cajas, podrá acceder a dos jubilaciones distintas, una en cada régimen.

 

 Jubilaciones en la Caja de Kinesiólogos PBA

La Ley 13.917 establece las alternativas disponibles para los afiliados. La jubilación ordinaria se obtiene a los 65 años, siempre que se acrediten 30 años de aportes y se haya finalizado la actividad profesional en la Provincia, lo que incluye la baja de matrícula en CoKiBA y no tener deudas con la institución.

Para quienes no logran reunir los 30 años requeridos, existe la Jubilación Proporcional, actualmente la más habitual, que se puede solicitar desde los 65 años de edad y con un mínimo de 10 años de aportes.

Además, los afiliados cuentan con herramientas para mejorar su futura jubilación, como la posibilidad de aumentar voluntariamente el nivel de aportes —hasta el Nivel V— o de comprar hasta diez años adicionales desde la fecha de matriculación, siempre que esta haya sido anterior a la creación de la Caja de Kinesiólogos.

 

El sistema de reciprocidad jubilatoria

Muchos kinesiólogos desarrollan su trayectoria en más de un régimen previsional. En esos casos, la reciprocidad jubilatoria permite sumar aportes entre la CSSPKPBA, ANSES, IPS u otra Caja Profesional para alcanzar los requisitos necesarios. Cada organismo luego participa en el pago de la jubilación de manera proporcional a los años efectivamente aportados a dicha Caja, y al haber vigente en su régimen.

Este mecanismo es de gran utilidad, aunque no reemplaza la posibilidad de obtener jubilaciones independientes, siempre que en cada sistema cuente con los años de aportes y condiciones mínimas exigidas.

 

Jubilaciones en ANSES

En el ámbito nacional, ANSES ofrece distintas modalidades de jubilación. La más común es la correspondiente a la relación de dependencia, que puede solicitarse a partir de los 60 años en el caso de las mujeres y de los 65 en el de los varones, siempre con 30 años de aportes registrados.

También existen beneficios para monotributistas y autónomos bajo requisitos similares, así como la prestación por edad avanzada, que habilita su acceso con 70 años de edad y con un mínimo de 10 años de aportes.

ANSES contempla además regímenes especiales, como los acuerdos internacionales para quienes trabajaron en el exterior, como así también la jubilación anticipada para ex combatientes de Malvinas a partir de los 53 años.

 

Jubilaciones en IPS

En el ámbito provincial, IPS ofrece distintas modalidades de jubilación para aquellos que se hayan desempeñado en dependencias públicas de la Provincia de Buenos Aires o sus Municipios. Para acceder a la jubilación ordinaria se debe contar con 60 años de edad y 35 años de aportes, tanto hombres como mujeres. Sin embargo, también existen regímenes especiales para docentes, para quienes hayan desempeñado servicios insalubres, entre otros.

El IPS es Caja Otorgante de la prestación siempre y cuando el afiliado registre mayor cantidad de años de servicios con aportes a este organismo. Los servicios aportados a otras Cajas deberán acreditarse presentando el correspondiente Reconocimiento de Servicios.