Exención del pago de aportes: fallecimiento de hijo o cónyuge

Exención del pago de aportes: fallecimiento de hijo o cónyuge

REQUISITOS COMUNES PARA TODOS LOS BENEFICIOS:

Para solicitar los siguientes beneficios es requisito necesario contar con una antigüedad mínima de 12 meses de afiliación – en el caso de nóveles afiliados la antigüedad mínima de afiliación es de 6 meses – y estar al día con el pago de sus aportes.

Este beneficio consiste en la exención del pago de aportes por 4 períodos, correspondientes al mes de fallecimiento y los tres subsiguientes, que no deben abonarse.

El monto de la exención es equivalente a  $44.000 (Nivel I de aporte)

La documentación a presentar para solicitar el Beneficio es la siguiente:

  • Planilla completa y firmada
  • D.N.I frente y dorso
  • Partida de Matrimonio / Nacimiento –según corresponda- expedida por el Registro de las Personas, a fin de acreditar el vínculo;
  • Partida de Defunción, expedida por el Registro de las Personas.

Plazo para solicitar el beneficio: 90 días a contar desde el hecho generador de la solicitud, es decir, desde el fallecimiento.

Con esta exención y otras que iremos viendo en próximas publicaciones, la Caja sigue trabajando día a día para estar junto a las y los afiliados en los momentos más importantes de sus vidas.

(agradecemos la información suministrada por la Dra. Cecilia Rabaglio)