Excepciones al voto obligatorio

Excepciones al voto obligatorio

En el marco de las elecciones de autoridades de la Caja de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires, la Junta Electoral estableció los casos en los que los afiliados activos podrán justificar la falta de voto y quedar exceptuados de la multa prevista por el Reglamento Electoral.

 Los casos contemplados son los siguientes:

1- Los afiliados activos que se encuentren fuera del país podrán justificar la falta de voto mediante la presentación de pasaporte, pasaje, reserva de alojamiento u otra documentación que acredite la permanencia en el exterior.

2- Los afiliados activos que tengan una enfermedad que les impida acceder a un medio electrónico para votar durante todo el período electoral podrán justificar su ausencia. Para ello, deberán presentar un certificado médico original con sello o membrete de la institución y sello y firma del profesional médico.

La documentación correspondiente a la justificación de la falta de voto deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles posteriores al cierre de la elección.

Importante

Recordamos que el voto es obligatorio para los afiliados activos. En caso de no emitirlo, corresponde una multa equivalente a 15 Módulos Kinésicos, según lo establecido en el Reglamento Electoral.

En caso de no poder votar por alguna de las situaciones contempladas, es importante conservar la documentación que acredite la situación para realizar la correspondiente justificación.

El período de votación será desde el lunes 19 de octubre de 2026 a las 12:00 h hasta el viernes 23 de octubre de 2026 a las 12:00 h.

Para realizar una consulta o presentar una solicitud de excepción por la falta de voto, comunicarse con la Junta Electoral a través de juntaelectoral@cajakinesiologospba.org.ar